lunes, 15 de septiembre de 2014

PREACUERDO LOPJ. PROXIMA ELEVACIÓN A DEFINITIVO

Representantes del Ministerio y de CSI-F, STAJ y UGT seguimos analizando en estos días los detalles para elevar a definitivo el Preacuerdo alcanzado en el mes de Julio, del que se autoexcluyeron otras organizaciones sindicales presentes en la mesa sectorial de Justicia. Ese preacuerdo establecía que sería elevado a definitivo con la plasmación en la nueva LOPJ de todos los aspectos recogidos en el mismo antes de la aprobación por el Consejo de Ministros del proyecto de LOPJ y de su remisión al Congreso.


Recordemos que en virtud del Preacuerdo -insistimos, del que algunos sindicatos se excluyeron por voluntad propia-, la nueva LOPJ deberá recoger los siguientes puntos:


     -Mantenimiento de los partidos judiciales (el anteproyecto originario los suprimía creando demarcaciones provinciales)


     -Mantenimiento de los centros de destino previstos en la LOPJ vigente.Los centros de destino no se referirán a la provincia, sino al municipio. El articulado del Proyecto de LOPJ deberá recoger este principio sin género de dudas; por ello todos los artículos que en el Anteproyecto fueran consecuencia del carácter provincial del centro de destino previsto en el mismo, deberán ser modificados. Así, por ejemplo en cuanto a los Servicios comunes procesales y las Unidades de apoyo directo se recogerá expresamente la mención del municipio, cosa que en la Ley vigente no estaba; del mismo modo, la regulación de la reordenación de efectivos ordinaria incluirá la prohibición de que esa reordenación suponga cambio de localidad de destino. 


     -Se crearán “Oficinas judiciales de Paz”, con potenciación de sus funciones, allá donde existan Juzgados y Agrupaciones de Paz en las que se integrarán los funcionarios de Justicia que actualmente prestan sus servicios en estos órganos. Estas oficinas serán, además, centro de destino.


     -Se garantiza la promoción interna mediante procesos independientes desvinculados de la Oferta de Empleo Público anual, cuando no haya oferta para Justicia o esta sea insuficiente. Se introduce la posibilidad de promoción interna de Técnicos de Laboratorio a Facultativos de INT y CF.


     -Sustituciones de Gestión a Letrados (secretarios judiciales): los Gestores tendrán preferencia en los llamamientos frente al resto de aspirantes de bolsa.


     -Reconocimiento del carácter de agente de la autoridad a los Gestores cuando la naturaleza del acto lo requiera (documentación de embargos, lanzamientos, etc.)


     -Se recogerá que los Gestores podrán prestar servicio en las Unidades Administrativas, que el texto original había “olvidado” (sólo lo preveía para Tramitación y Auxilio)


     -Los Gestores y Tramitadores podrán realizar funciones en materia de justicia restaurativa (asistencia a la víctima) y de solución extraprocesal.


     -Se reconocerán los mismos derechos profesionales que los establecidos para los Letrados Judiciales.


     -Se establece la obligatoriedad de elaboración y publicación del escalafón anual, que fue suprimida en 2003.


     -Se establecerá un régimen transitorio de varios años para la nueva exigencia de titulación MIR, especialidad de medicina legal, para ingreso en el Cuerpo de Médicos Forenses, durante el cual esa titulación no será exigida.


     -Se recogerá en el texto el derecho a no ser discriminados por razón de la orientación sexual del funcionario.


     -Se elimina la obligatoriedad de “vestir con decoro”.


     -Compromiso de continuar la negociación con el importante desarrollo reglamentario tan pronto se publique la LOPJ, en el que se concretarán las formas de provisión de puestos de trabajo y se podrán introducir mejoras respecto al régimen actual de algunas cuestiones como, por ejemplo, sustituciones 


Algunos siguen en su particular y falsa “cruzada” contra el preacuerdo cuando la realidad es que con este texto, a falta de confirmar su redacción definitiva en la LOPJ, se salvaguardan los derechos de los funcionarios de Justicia volviendo a la situación vigente hasta ahora, que el Anteproyecto en su redacción original presentada al inicio de la negociación se cargaba por completo. Y si finalmente no llegara a contemplarse el contenido del preacuerdo no se firmará acuerdo alguno porque ese es un punto clave de todo este proceso. Si está todo en orden se firma; si hay maniobras raras no se firmará y, entonces, agotada la negociación, se abrirá la puerta de la movilización.


Y es una falsa cruzada porque, en el fondo, estos que critican tanto, saben que con independencia de que todo es mejorable, el contenido del preacuerdo pone pie en pared en la defensa de los derechos de los funcionarios de Justicia, parando al núcleo esencial de la reforma de Gallardón y, sobre todo, salvaguardando los derechos e intereses de los funcionarios de Justicia que es lo único que nos importa a las organizaciones sindicales que firmamos ese preacuerdo. Por esta razón y con ese objetivo seguimos analizando el texto final de la LOPJ y por el mismo motivo y porque el acuerdo no incluye paz social alguna por muchos fantasmas que algunos quieran ver en la firma, seguiremos reivindicando la gestión del Registro civil para funcionarios de Justicia, el mantenimiento de todos sus puestos de trabajo y la recuperación de TODOS y cada uno de los derechos arrebatados injustamente desde el año 2010 por los sucesivos Gobiernos. 


Madrid, 12-09-2014.