El proyecto de
Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 incluirá un incremento
salarial del 1% para los empleados públicos.
También se devolverá, en el
mes de septiembre de este mismo año 2015, un 25% de la paga extra de
Navidad del 2012. Con esta devolución nos quedará pendiente de recuperar un
50%, que se nos devolverá en 2016, en dos pagos que se efectuarán en marzo y
septiembre del próximo año.
No obstante, la
recuperación en septiembre de dicho 25% de la extra sólo está garantizada para
los funcionarios que dependen del Gobierno central, que en el caso de la
Administración de Justicia son los funcionarios que prestan servicios en ámbito
Ministerio y los que generaron la paga extra en ámbito misterio, puesto que
entendemos que el sujeto obligado al pago es aquel en el que se generó de
derecho al cobro.
En el resto de los ámbitos
autonómicos, las ccaa tomarán sus respectivas decisiones en función de su
capacidad presupuestaria, ya que los presupuestos generales no les financiarán
dicha devolución, por lo que es posible que haya ámbitos transferidos que no
abonen ese 25% a los compañeros destinados o que generaron la paga extra en
esos ámbitos transferidos, lo que es otro ejemplo más de la disfunción que
supone la transferencia de la competencia de Justicia a las ccaa. Se demuestra,
una vez más, que es un error.
En la Ley de Presupuestos
Generales del Estado, se incluye también la devolución de un día de asuntos
propios suprimido para el 2016.
En cuanto a los días de asuntos
propios generados por antigüedad, recuperaremos uno a partir de ocho
trienios, recuperaremos dos con 10 trienios y recuperaremos tres al alcanzar
los 12 trienios. El límite son tres días de asuntos propios por antigüedad.
De los días de vacaciones
adicionales por antigüedad, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado,
hasta donde sabemos, no se dice nada.
Recuerden que STAJ tiene
presentados varios Recurso en tutela del derecho a esos días, y estamos a la
espera de que a finales de verano o entrado otoño los Tribunales se pronuncien
al respecto.
Por lo que respecta a las
Ofertas de Empleo Público, se recoge que que la tasa de reposición
(las vacantes que se generan y que se han de cubrir) de los servicios
esenciales aumentará al 100% (actualmente es del 50%) mientras que para
los demás servicios se situará en el 50%.
Recordamos que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado del año 2015 Justicia se consideró un
servicio esencial, por lo que entendemos que en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado del año 2016 también debería serlo, y es lo
que vamos a defender desde STAJ.
Este incremento de la tasa de
reposición es importante de cara a las plazas que se podrán ofertar en la
Oferta de Empleo Público de años futuros.
En relación al incremento del
presupuesto de MUGEJU y la aportación al Plan de pensiones de los funcionarios
dependientes de ámbito ministerio (sin perjuicio de que haya ámbitos
transferidos que tengan su propio Plan de pensiones) debemos estar a la espera
de conocer el texto completo de la
Ley. STAJ considera que el incremento en el presupuesto de MUGEJU es obligado para
garantizar las adecuadas prestaciones sanitarias y farmacéuticas de los
funcionarios de Justicia para los años futuros.
Igualmente consideramos que es
necesario reanudar las aportaciones al Plan de pensiones, puesto que llevan
congeladas desde hace 4 años.
Respecto de la posibilidad de
suprimir los descuentos en la nómina por las bajas médicas, algo con lo que se
ha especulado semanas atrás, de momento y hasta donde tenemos conocimiento no
hay novedad; seguimos sufriendo la reducción como consecuencia de la
incapacidad temporal.
Se trata aún de un proyecto de
Ley, cuyo trámite parlamentario comenzará en el mes de agosto y su aprobación
definitiva será en el mes de septiembre u octubre, por lo que aún es posible
introducir alguna mejora vía enmiendas en el Congreso o Senado, o que se puedan
conseguir en la Mesa sectorial de Justicia, para los funcionarios de Justicia.
Desde el Sindicato de Trabajadores
de la Administración de Justicia -STAJ-, consideramos
insuficiente la subida
salarial del 1 %, puesto que no compensa la pérdida de poder adquisitivo
sufrida en los pasados años. Recuerden que en el año 2010 los funcionarios de
Justicia sufrimos una reducción salarial del 5%, a lo que hay que sumar la
congelación salarial, mientras el IPC sí que se ha incrementado, lo que implica
pérdida de Poder adquisitivo, así como la supresión de complementos salariales
como el de los Juzgados de Violencia contra la mujer.
Esta subida salarial dista
mucho de compensar, si quiera, la reducción del 5% sufrida en el año 2010. No
se puede considerar, por tanto, subida salarial, sino devolución de una parte
de lo que se nos quitó.
Por lo que respecta a la
devolución de los días de asuntos propios, se introduce un nuevo sistema de
generación de los días que resulta más lento para los funcionarios, e incluso
se limitan los días de asuntos propios a 3 a lo largo de la carrera profesional, por lo
que hay funcionarios a los que no se les devolverá la totalidad de los días.
Además, consideramos esta
devolución incompleta e insultante para el colectivo de funcionarios de
Justicia, puesto que nada se ha acordado sobre los días adicionales a los que
teníamos derecho sobre los funcionarios de otras Administraciones.
En definitiva, la devolución
es del todo insuficiente, puesto que nos sitúa aún muy por detrás de la
situación en la que nos encontrábamos en el año 2010, año en el que comenzaron
los recortes.
Se hace necesario que en la Mesa General de
función Pública o en la
Mesa Sectorial de Justicia, la Administración llegue a un
compromiso para establecer un calendario en orden a la restitución de las
condiciones salariales y laborales que teníamos antes del 2010. Es de justicia.