En la página del Ministerio, se ha colgado el borrador de la Orden de la
Convocatoria, Anexo II de instancia, Anexo IV de alegaciones, que se publicarán
en el BOE el 7 de Julio.
En ese borrador de la convocatoria se establece que
"todos los funcionarios que participen en el presente concurso de
traslados entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio,
a nivel nacional, deberán de rellenar la solicitud por medios
telemáticos entrando en el Portal del Ministerio de Justicia, en la
siguiente dirección: www.mjusticia.gob.es/CIUDADANOS/Empleo
público/Concursos de traslados/CONCURSO DE TRASLADOS ORDINARIO GESTION,
TRAMITACION Y AUXILIO 2017
Una vez que hayan entrado en dicha página pulsarán en
el enlace que aparece en la misma con el nombre “G.T.A. Concurso de traslados”,
y el sistema les guiará en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones
que se les irá indicando
Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores
en la transcripción de los códigos, puesto que los datos grabados por el
concursante quedarán automáticamente almacenados en el sistema informático.
Los concursantes deberán presentar el modelo de
instancia en el impreso definitivo generado por el asistente informático, no el
borrador, ya que éste no tendría
validez Dicha presentación se realizará por el sistema ordinario, de
acuerdo con lo especificado en los puntos 1 al 7 de la presente Base
Si alguno de los solicitantes quisiera modificar
una solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de
solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva solicitud a través
del asistente, debiendo presentarla según los puntos 1 a 7 de esta Base
aludidos anteriormente
Se considerará válida la solicitud que tenga el sello
del registro de entrada dentro del plazo con fecha posterior, quedando anulada,
por tanto, la solicitud que tenga estampado el sello del registro de entrada
con fecha posterior.
No serán admitidas aquellas solicitudes que no se
hayan confeccionado telemáticamente con dicho asistente de inscripción."
Es decir, la novedad de este año es que
obligatoriamente se ha de realizar la solicitud telemáticamente a través del
Portal del Ministerio de Justicia, pero la presentación de la solicitud
grabada y posteriormente impresa y firmada, se ha de presentar de la mismo
forma que en años anteriores, ya sea en Gerencias, registros, correos,
etc.