INFORMACIÓN
SOBRE OMISIONES EN LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL ANTERIORES A AGOSTO DE
1990
Como sabéis, nuestros servicios jurídicos han
llevado numerosas reclamaciones sobre falta de cotización de determinados
periodos a la Seguridad Social de personal interino, habiendo conseguido las
extensiones de sentencia que habíamos iniciado.
A pesar de haberse logrado las extensiones de
Sentencia, la Seguridad Social está poniendo obstáculos para la ejecución de lo
acordado por el Juez. Finalmente, nuestros servicios jurídicos han exigido el
cumplimiento de los autos de extensión en sus términos y el Juez ha ordenado a
la Seguridad Social la ejecución, obligándola a computar los periodos no
cotizados, a efectos de pensión de jubilación, ante lo cual, la Administración
no ha tenido otro remedio que cumplir. En estos días nuestros afiliados están
recibiendo ya la notificación de este acuerdo de cumplimiento por parte de la
Seguridad Social.
Ante esto hemos vuelto a exigir al Ministerio
de Justicia y a la Seguridad Social que solucionen todos los casos aún pendientes
sin necesidad de continuar judicializando el asunto, colapsando los juzgados y
tribunales con trámites de ejecución forzosa que deberían ser innecesarios.
Recordemos, además, que este punto es uno de los que aún están pendientes de
cumplir del acuerdo de diciembre de 2015 con el Ministerio de Justicia, por lo
que ya no caben más excusas para proceder a su INMEDIATO CUMPLIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE TODOS LOS PERIODOS
TRABAJADOS Y NO COTIZADOS
Sin duda se trata de un gran logro, y demuestra
que cuando los derechos de los funcionarios son pisoteados, hay que actuar en
consecuencia, acudiendo si es preciso a los Tribunales para lograrlo, como
hacemos desde STAJ cuando ya no queda otra vía