martes, 28 de julio de 2009

REUNIÓN MESA SECTORIAL MINISTERIO-SINDICATOS 27/ julio/09. PLAN ESTRATÉGICO DE MODERNIZACIÓN DE LA JUSTICIA

El Director General de Modernización y relaciones con la Administración de Justicia ha trasladado a las organizaciones sindicales las líneas generales del Plan Estratégico de Modernización de la Administración de Justicia.
Igualmente ha trasladado la situación de las necesarias reformas procesales para la implantación de la nueva Oficina Judicial, haciendo referencia que en la actualidad se encuentra dicha reforma tras haber sido aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados, en el Senado, donde se estima que será aprobada en los próximos meses de septiembre u octubre. Que asimismo incorpora una vacatio legis que podría ser de 6 meses con lo que la entrada de las primeras nuevas oficinas judiciales sería en los meses de marzo o abril del año 2010. Que la implantación de las Oficinas Judiciales será a lo largo de tres años y de manera gradual y con la creación de unas oficinas de gestión del cambio que controlarán dicha implantación y su desarrollo con el fin de mejorar todos aquellos aspectos que lo necesiten.
Desde STAJ hemos manifestado la necesidad de que la reforma de las normas procesales que se encuentra actualmente en el Senado, debe aprovecharse con el fin de incorporar aquellas cuestiones ya pactadas entre Sindicatos y Administración, así como llegar a acuerdos sobre todo aquello que afecte a las condiciones de trabajo de los funcionarios al objeto de que a través de las reformas procesales no se incorporen funciones nuevas sin el acuerdo de los trabajadores.
Asimismo y de la manera mas clara y contundente posible STAJ ha trasladado al Ministerio de Justicia que todo lo que se haga debe ser bajo el mas absoluto respeto al carácter nacional de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia dado el carácter también nacional del Poder Judicial, sin perjuicio de las competencias que vienen asumiendo las Comunidades Autónomas en material de personal. Los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia deben continuar siendo cuerpos específicos de carácter nacional, rechazando cualquier integración a los cuerpos generales de la Función Pública estatal o autonómica, debiendo garantizarse la movilidad voluntaria en todo el Estado en concurso de traslado, así como el mantenimiento de un Estatuto Jurídico propio, donde rijan la LOPJ y sus desarrollos reglamentarios, la reserva de la función donde todos los órganos de la Administración de Justicia, deben ser servidos por funcionarios de dicha Administración, así como el mantenimiento de la MUGEJU, régimen de jornada continuada,…
Deben respetarse tanto los concursos de traslado de ámbito estatal como la oferta de empleo única, en temario, convocatoria anual y pruebas.
STAJ ha comunicado al Ministerio de Justicia, la necesidad de que dicha reforma debe llevarse a cabo siempre bajo el respeto a las siguientes premisas básicas:

1. Transparencia de los trabajos que se realicen por parte de la Administración con intervención directa de los Sindicatos representativos del sector.
2. Reconocimiento, en todos los niveles, de la labor que desempeñamos los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
3. Potenciación de la figura de los gestores procesales en quienes debe recaer la mayoría de las jefaturas de la nueva oficina judicial, sin perjuicio de las que también puedan corresponder a los Tramitadores y a los funcionarios del cuerpo de Auxilio Judicial.
4. DEFINICION CLARA DE LAS FUNCIONES QUE CORRESPONDE A CADA PUESTO DE TRABAJO.
5. Plantillas suficientes, tanto en las unidades de apoyo directo como en los servicios comunes procesales, como en las unidades administrativas, y formadas exclusivamente por funcionarios de la Administración de Justicia.
6. En el ámbito del territorio Ministerio, y sin perjuicio de las competencias que corresponden a las CCAA, incremento del complemento específico sobre la base del actual para todos los funcionarios, pero especialmente para aquellos puestos de trabajo cuyas características supongan una mayor dedicación, responsabilidad, disponibilidad, etc…
7. Creación de servicios específicos para determinadas funciones, como por ejemplo, asistencia a vistas (Cuerpo de Auxilio Judicial), grabación de vistas y videoconferencias, acceso a base de datos, archivos judiciales, fiscalías, y funciones de decanato
8. Organización adecuada de todos los servicios comunes, con medios suficientes, tanto humanos como materiales.
9. Creación de verdaderas unidades de atención al ciudadano que sean útiles y que estén suficientemente dotadas, con personal funcionario de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia..
10. Potenciación de los servicios de apoyo provinciales.
11. Especial consideración de los Órganos Judiciales de los pueblos, que son siempre los grandes olvidados, incluidos los Juzgados de paz.
12. Escrupuloso respeto a los derechos de los funcionarios de todo tipo, incluido los económicos, no solo los complementos de carácter fijo, sino también los que se perciben actualmente por el servicio de Guardias.

Todo ello no será posible llevarlo a la práctica sino se hace la inversión necesaria, y no se crea la correspondiente coordinación entre los distintos sistemas informáticos según se cambie de ámbito territorial. Y principalmente sino se cuenta con los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, toda vez que en la práctica del día a día de los Juzgados, somos los funcionarios quienes hemos cargado desde siempre con muchas tareas por delegación, por habilitación, por sustitución y sencillamente, por que sino es así el Juzgado no funciona, los papeles no salen. Tareas que nunca han sido reconocidas y que siempre se han convalidado con las firmas del Juez y el Secretario, quienes resuelven personalmente a lo sumo una cuarta parte del trabajo. El verdadero impulso procesal, en la práctica se vienen ejercitando, por los funcionarios, especialmente el Cuerpo de Gestión (aunque en muchos órganos judiciales la distinción entre las funciones que realizan los gestores y los tramitadores no existe, viéndose obligados a realizar las mismas funciones pero con diferentes retribuciones). En definitiva los funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio no somos meros escribientes, más o menos cualificados, por ello exigimos el reconocimiento a nuestro trabajo diario, con asignación de funciones propias, ya que este es el momento crucial para hacerlo introduciendo las reformas procesales necesarias y en la composición de la nueva oficina judicial.

LOS REGISTROS CIVILES

El director general ha comunicado igualmente que en el plan de modernización de la Administración de Justicia entraba el punto de la digitalización de los registros Civiles. Constando en la actualidad 13 o 14 CCAA con sus registros civiles digitalizados. Falta Madrid, el Registro civil de la C/ Pradillo, que está en proceso en la actualidad. Se prevé que se termine todo para el mes de Febrero incluido el Registro Civil Central, salvo el de la C/ Pradillo de Madrid que se terminará en el mes de Octubre.
Asimismo se prevé la instauración de un plan de choque especial para el Registro Civil Central y un plan preventivo de la Jurisdicción laboral, dado el aumento de trabajo en los Órganos Judiciales debido a la crisis. Desde STAJ se ha insistido con el fin de que el Ministerio de Justicia se posicione en relación con la desjudicialización de los Registro Civiles. Para STAJ es irrenunciable que las oficinas de los Registros Civiles deben ser servidos por funcionarios de la Administración de Justicia, debe aprovecharse su experiencia y conocimiento.