miércoles, 10 de marzo de 2010

OPOSICIONES 2008. AUXILIO JUDICIAL. APROBADOS Y SE ABRE EL PLAZO DE PRESENTEACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

Se ha publicado en BOE la Orden JUS/554/2010, de 25 de febrero, la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial.
Por dicha Orden, el Ministerio de Justicia hace pública la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, que figuran en el Anexo II de dicha Orden.
Asimismo se establece que en el PLAZO DE 20 DÍAS NATURALES contados desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el BOE (por tanto finaliza el plazo el 30 DE MARZO) los aspirantes que figuran aprobados en ella deberán presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, Plaza Jacinto Benavente, número 3, 28971 Madrid, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:
a) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de identidad.
b) Fotocopia compulsada del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, de acuerdo con lo dispuesto en la Base 3 de la Orden de Convocatoria.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
c) Declaración jurada de no hallarse comprendidos en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitados para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separados mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubieran sido rehabilitados
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Auxilio Judicial, expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda a los interesados y, en caso de que no estén acogidos a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Política Social u Organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.
Si tuvieran la condición de discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar certificación de los Órganos competentes del Ministerio de Sanidad y Política Social o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su compatibilidad funcional para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de Auxilio Judicial, salvo que lo hubieran presentado ya junto con la solicitud de participación.Si tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio y Organismo del que dependan, por la que se acredite su condición y requisitos para ser nombrados funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial.
e) El Certificado de Penales será aportado de oficio por la Secretaría de Estado de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35. f) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada de poder presentar los documentos, podrá acreditarse que poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedaran anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.