Este
mediodía ha tenido lugar una reunión entre el Ministerio de Justicia, STAJ y
resto de sindicatos representativos a nivel nacional pata negociar el Plan de
Actuación para el refuerzo de los órganos de las jurisdicciones social,
contencioso y mercantil, para hacer frente a la situación generada por el
COVID-19.
Hemos
presentado queja por la falta de concreción, datos y ambigüedad del documento,
señalando que se remitió ayer a las 21h. La especial importancia del Plan de
recuperación, exige otra actuación, una vez más la falta de datos y
transparencia es evidente.
Adelantar
que la primera reivindicación de STAJ ha sido exigir convocatoria de Mesa de
retribuciones y empleo para abordar en un plan la subida del complemento específico. Si quieren colaboración deben de demostra interés
por sus funcionarios y solucionar de una vez la brecha salarial
existente.
El
Ministerio en ese documento que trasladó se recogen dos fases
diferenciadas:
- Primera
fase (entre el 1 de septiembre y el 31 de
diciembre de 2020), centrada en la jurisdicción social y en los
juzgados de lo mercantil.
- Segunda
fase (que se iniciará el 1 de enero de 2021)
se contará con datos más completos del impacto de la crisis, lo que
permitirá definir la extensión de las medidas a aplicar en esta fase y que
serán objeto de un desarrollo posterior. En fase se incluiría también a
los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, incidiendo en
los procedimientos de reclamaciones aéreas.
Para
la determinación de los órganos concretos donde se aplicará el Plan de
Actuación, el ministerio prevé aplicarlo según datos que no ha trasladado a
pesar de haberlo solicitado todos los sindicatos. Nos remiten el siguiente
cuadro de medidas de refuerzo.
TRAMO
|
CARGAS DE TRABAJO MÓDULOS CGPJ
|
MEDIDAS
|
I
|
Menor del 100% módulo
|
No aplica
|
II
|
Del 100 % al 130 %
|
No aplica
|
III
|
Del 131 % al 150 %
|
Medidas de auto refuerzo
|
IV
|
Del 151 % al 200%
|
Auto-refuerzo + refuerzo externo, según
pendencia
1040 asuntos para jurisdic. social y 565 para mercantil
|
V
|
Mayor del 200 %
|
Medidas de auto-refuerzo + refuerzo
externo
|
Se
contemplan dos formas de refuerzos:
1.-
AUTO-REFUERZOS.- Consistirían en cumplimientos de objetivos dentro de estos
planes de actuación. El Ministerio plantea un auto-refuerzo de un letrado, un
gestor, un tramitador y un auxilio por cada dos órganos judiciales.
2.-
REFUERZO EXTERNO.- Consistirían en un juzgado bis con personal titular con
comisión de servicios con relevación de funciones y/o interinos de refuerzo.,
con una plantilla de un letrado, dos gestores, dos tramitadores y un auxilio
por cada dos órganos
Desde
STAJ no aceptamos esta propuesta,
hemos realizado diversas alegaciones, que os detallamos en este comunicado,
deben incluir otras jurisdicciones. En todo caso hay que trabajar sobre la
pendencia existente, además de contar con el aumento de trabajo que se va a
producir en todos los juzgados y tribunales. El objetivo fijado por este
Ministro debe ser más ambicioso, no caer una vez más, en pequeñas soluciones
que no resuelven ni van a satisfacer a la ciudadanía y mucho menos resolver la realidad
de muchos juzgados y tribunales ya colapsados.
Nos
traslada el Ministerio este cuadro (las retribuciones del Plan de Actuación van
ligadas al cumplimiento de objetivos):
JURISDICCIÓN SOCIAL
|
JURISDICCIÓN MERCANTIL
|
||||||
LAJ
|
GP/ TP
|
AJ
|
LAJ
|
GP/ TP
|
AJ
|
||
+ 145
|
500 €
|
12 puntos
|
9 puntos
|
+20%
|
500 €
|
12 puntos
|
9 puntos
|
+ 155
|
600 €
|
14 puntos
|
10 puntos
|
+30%
|
600 €
|
14 puntos
|
10 puntos
|
+ 165
|
700 €
|
16 puntos
|
11 puntos
|
+40%
|
700 €
|
16 puntos
|
11 puntos
|
*Valor
del punto: 28,64 €
STAJ
rechaza el plan tal y como lo han planteado, no aportan datos, se discrimina en
retribuciones, no abordan medios personales suficientes, los objetivos son
inaceptables y el criterio de selección es subjetivo, depende de cada
Letrado…..
Hemos
realizado entre otras las siguientes alegaciones:
- El plan
debe incluir a los órganos de todas las jurisdicciones no sólo conforme se
vaya incrementando su carga de trabajo, sino teniendo en cuenta el atraso
existente actualmente en muchos órganos. La jurisdicción civil debe ser incluida
en estos planes, haciendo especial referencia a familia. Se ha de incluir
en la segunda fase la ejecución, algo no contemplado. No podemos aceptar
que los planes terminen en dictar Sentencia, Auto o Decreto. También se ha de incluir a las Fiscalías, así como a las
Audiencias Provinciales y TSJ cuando se produzca el incremento de grabajo
por efecto de las apelaciones.
- STAJ ha exigido que la participación en los planes sea
en todo caso VOLUNTARIA. Nos parece que las medidas de refuerzo son
insuficientes, la plantilla es corta, STAJ ha solicitado
que se incluya toda la plantilla del juzgado siempre que sea voluntario.
En todo caso, como mínimo se debe aumentar.
- Los
objetivos son demasiado ambiciosos y dependen de terceros. No aceptamos
que el pago venga ligado al cumplimiento de unos objetivos que no dependen
del trabajo de los funcionarios sino de terceros como son jueces y letrados;
se ha de retribuir a los funcionarios en función de su trabajo, que consta
en Minerva y otros programas. Sin olvidar el reparto de Salas de Vistas
disponibles, etc.
- Es del
todo intolerable la cicatería y el agravio comparativo en las
retribuciones. Exigimos las mismas retribuciones de los LAJ para todos los
cuerpos y, en todo caso, no se puede retribuir menos de 16, 18 y 20 puntos
según el cumplimiento de objetivos.
- No
aceptamos que el letrado elija a las personas que han de realizar el plan
de actuación, ha de ser voluntario y si hay más interesados que plazas,
hacer turnos rotatorios. Se deben fijar criterios de selección claros “no
admitimos el dedo del superior correspondiente” debe ser una selección
objetiva y no subjetiva, SIN OLVIDAR que STAJ ha
solicitado que se incluya toda la plantilla que quiera realizar el plan de
forma voluntaria.
- Sobre el
refuerzo externo, si hay funcionarios voluntarios para ir a estos
destinos, se respetará primero la comisión de servicios con relevación de
funciones y posterior nombramiento de personal interino. En la plaza que
deje el funcionario en su anterior destino se nombrará funcionario
interino.
- Se ha de
tener en cuenta la configuración de la NOJ. El Ministerio alega que apenas
afecta, parece olvidar que ya hay bastantes ciudades con la NOJ implantada
por lo que, en el caso de tener que aplicar estas medidas, se debe tener
en cuenta su especial configuración.
- Deben de
aportar datos, si han afirmado que la mayoría de los juzgados sociales y
mercantiles están dentro de estos planes “en aras de esa transparencia que
tanto alardea este gobierno” que faciliten datos y órganos afectados.
- Deben
regular el teletrabajo, fomentar su uso, dar medios y poner fin a las
carencias que sufrimos este colectivo y en especial el ámbito no
transferido.
- Cada
Comunidad transferida debe tener plena libertad en la negociación de estos
planes de actuación en su ámbito. Recordando que acabó el estado de
alarma.
El
Ministerio de Justicia ha comunicado que estudiarán nuestras propuestas, y nos
remitirán documento el próximo jueves, indican que quieren llevar este plan de
recuperación de la Justicia al Consejo de Ministros del próximo martes.