martes, 4 de abril de 2023

POR UNA LOEO SIN TRAMPAS, FUNCIONES CLARAS, RETRIBUCIONES JUSTAS

 ¿POR QUÉ HACEMOS LA HUELGA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA?

  • El Gobierno ha tratado como funcionarios de segunda al 93% del personal de la administración de Justicia que llevamos el peso fundamental del trabajo, elevando las retribuciones de sólo el 7%  restante(el cuerpo de LAG).
    • No se reconoce la responsabilidad, profesionalidad y especialización de la totalidad del personal de la Administración de Justicia (cuerpos generales, especiales y médicos forenses) ni las funciones reales de los cuerpos generales.
    • Se desprecia la implicación, la participación y el papel determinante de la inmensa mayoría del personal de la Administración de Justicia en los nuevos modelos organizativos y tecnológicos.
  • Se impone, sin negociar, la Ley de eficiencia Organizativa, poniendo en riesgo los puestos de trabajo, los destinos, la movilidad voluntaria, las retribuciones especiales y las funciones concretas.  

¿CUÁLES SON NUESTRAS REIVINDICACIONES?

  • La paralización de la tramitación parlamentaria de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa hasta que no se alcance un acuerdo para su modificación en la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia.
  • El reconocimiento profesional y retributivo de las funciones que realmente realizan todos los cuerpos funcionariales, eliminándose la acumulación en el cuerpo de LAJ de funciones que finalmente realizan y son delegadas a los cuerpos generales sin compensación alguna.
  • El incremento del Complemento General del Puesto, de aplicación para todos los cuerpos generales y especiales y para todos los ámbitos territoriales (transferidos y nos transferidos) :
    • + 430 euros mensuales para Médicos Forenses y facultativos INTC
    • + 400 euros mensuales para Gestión y Técnicos Especialistas de Laboratorio
    • + 375 euros mensuales para tramitación y Ayudantes de Laboratorio
    • + 350 euros mensuales para Auxilio Judicial
  • Seguimos exigiendo además: 
    • La eliminación de las diferencias retributivas de los grupos de población, elevándolas a las que se perciben en el Grupo 1.
    • la publicación  antes de que finalice esta legislatura y previa negociación colectiva del Real Decreto que establezca los criterios y cuantías mínimas del complemento de Carrera Profesional