El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la
Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid a abonar a su
personal los días devengados de la paga extraordinaria hasta la entrada en vigor el 15
de julio del Real Decreto por el que se suprimieron estas pagas.
Aunque esta sentencia se refiere a personal laboral sometido al
estatuto de los trabajadores y por tanto se ha dictado por la jurisdicción
social, y no la contencioso-administrativa que es la competente en materia de
personal funcionario, la fundamentación de la misma que ha dado pie a la
condena entendemos que es aplicable a los funcionarios.