El RD Ley 20/2012 de 13 de julio del Gobierno de
Rajoy, de medidas de estabilidad presupuestaria por el que se nos quitó la paga
extraordinaria de diciembre 2012, también establecía el recorte de las retribuciones
en los supuestos de Incapacidad Temporal (baja médica).
Como consecuencia de ese RDL la LOPJ, modificada por
LO 8/2012 de 27 de diciembre, establece en su art.504.5 que cuando nos
encontremos en situación de IT, los funcionarios cobraremos el 50% de las
retribuciones durante los 3 primeros días y el 75% del 4º al 20 día de baja,
tomando de referencia las retribuciones del mes anterior. A partir del 21 día
se recupera el 100% de las retribuciones. La aplicación de descuentos por IT entrará en vigor máximo a finales de junio 2013, y antes cada
administración podrá establecer supuestos de IT que
queden excluidos de descuento.
